SEVILLA.- El Plan de Protección del Corredor Litoral de Andalucía preservará de urbanización 9.000 nuevas hectáreas de suelo en la franja de los primeros 500 metros desde el dominio público marítimo terrestre, lo que supone un incremento del 50 por ciento del terreno protegido en el espacio costero.
Según indica la Consejería de Agricultura, Pesca y Medio Ambiente
en una nota, la Comisión de Redacción de este nuevo instrumento de
ordenación territorial ha dado este martes su visto bueno al documento,
que saldrá a información pública el próximo lunes día 29 de julio, fecha
en la que está prevista su publicación en el Boletín Oficial de la
Junta de Andalucía (BOJA).
El Plan tiene como objetivo principal "preservar del proceso
urbanizador los terrenos que ponen en riesgo la sostenibilidad ambiental
y territorial del litoral por sus valores ambientales, naturales,
paisajísticos, culturales, agrícolas y forestales", de forma que se
trata, pues, de un plan de protección, no de ordenación. Ésta ya está
establecida en los Planes de Ordenación del Territorio de ámbito
subregional.
Ahora el Plan de protección se establece desde el principio de
considerar el corredor litoral como "un recurso territorial, que tiene
interés regional, y cuya preservación aportará valor añadido a una
oferta turística de mayor calidad".
Actualmente, los suelos protegidos en la costa andaluza por
distintas figuras contempladas en la normativa ambiental o por los
planes subregionales suman 18.000 hectáreas, un 36 por ciento del suelo
del corredor litoral.
Con el nuevo Plan, se incorporan 9.000 nuevas hectáreas, un
incremento del 50 por ciento, de manera que "se consigue que quede
preservado más de la mitad del espacio de la franja de los primeros 500
metros de costa (55 por ciento)". En ese sentido, ha recordado que un 36
por ciento del suelo del corredor litoral andaluz ya tiene la categoría
de urbano.
Con la aprobación del plan de protección se persigue "evitar la
consolidación de nuevas barreras urbanas entre los espacios interiores y
el sistema costero y favorecer la continuidad de los espacios del
interior con los del litoral". Además, "se armoniza la regulación del
suelo no urbanizable en todo el ámbito del plan".
Para la elaboración del Plan, la Secretaría General de Ordenación
del Territorio de la Consejería de Agricultura, Pesca y Medio Ambiente
ha revisado los 368 sectores de suelo urbanizable repartidos en los 62
términos municipales de la costa andaluza, su situación urbanística, sus
condiciones naturales y ambientales y su papel en la escala
territorial.
El Plan afecta a 67 de estos sectores en 29 municipios. Estos
suelos urbanizables tienen capacidad para 43.500 viviendas, que
representan la cuarta parte de las previsiones teóricas de los
planeamientos urbanísticos de los municipios costeros.
Con carácter general, el Plan de protección no afecta a los suelos
urbanizables que ya cuentan con un plan parcial aprobado para su
desarrollo, salvo siete sectores en los que se ha considerado que, pese a
estar ya ordenados, tienen un alto valor ambiental y paisajístico que
hace imprescindible su protección. Estos sectores se localizan en Tarifa
(Cádiz) y Cuevas de Almanzora, Carboneras y Pulpí (Almería) y
representan el cinco por ciento del total de las previsiones
establecidas en este tipo de suelos.
El Plan establece tres categorías distintas con diferente grado de protección.
En primer lugar, las zonas litorales de protección ambiental son
aquellos suelos que ya disponen de un régimen de protección por la
normativa ambiental y suman 12.843 hectáreas. Se han incluido en esta
zona de protección dos sectores dentro del ámbito del Parque Natural
Cabo de Gata-Níjar que estaban calificados de suelo urbanizable en el
planeamiento urbanístico, uno de ellos ordenado (El Algarrobico).
En segundo lugar, las zonas litorales de protección territorial
uno son los suelos que ofrecen características ambientales o
paisajísticas relevantes, colindantes con el dominio marítimo o con
espacios naturales protegidos, o que permiten la conexión de la costa
con espacios naturales del interior y que deberán ser calificados como
suelo no urbanizable de especial protección. Como norma general, se
prohíbe cualquier tipo de construcción, salvo las vinculadas a
actuaciones recreativas, senderos, observatorios y centros de la
naturaleza o acceso a playas. Con esta protección se incluyen 18
sectores.
En tercer lugar, las zonas litorales de protección territorial dos
son terrenos que cuentan con valores naturales o paisajísticos, pero en
los que ya se ubican usos de naturaleza urbana, aunque irregulares, o
los que deben ser preservados de urbanización por sus valores agrícolas y
los que permiten la conectividad de la costa con el interior.
En ese sentido, deberán ser también calificados de no urbanizables
en los planeamientos urbanísticos municipales, con especial protección o
sistema general de espacios libres.
Se pueden autorizar construcciones necesarias para la explotación
agraria, las vinculadas a actividades recreativas o de interés público
para infraestructuras o instalaciones de ocio o turísticas siempre que
sean compatibles con la preservación natural de los terrenos. Este grado
de protección se aplica a un total de 47 sectores.
Las provincias con más suelo protegido son Cádiz y Almería, con 19
sectores cada una; seguidas de Málaga (13) y Huelva y Granada (ocho
sectores en cada una).
Con la publicación en el BOJA el próximo día 29 del Plan de
Protección del Corredor Litoral de Andalucía, se levanta la suspensión
cautelar que se decretó el 29 de enero para la tramitación urbanística
de sectores de suelo urbanizable en los 52 municipios costeros que aún
no tienen adaptado su planeamiento urbanístico al Plan de Ordenación del
Territorio de Andalucía (POTA).
A partir de ahora, una vez publicado el documento, la suspensión
sólo se mantendrá para los sectores de suelo urbanizable sectorizados o
no sectorizados de los municipios no adaptados al POTA afectados por el
Plan.