ALMERÍA.- La organización ecologista Greenpeace ha
asegurado este miércoles que tanto la Junta de Andalucía como el
Gobierno central se han quedado "sin argumentos" para no tirar el hotel
de Azata de Sol ubicado en el paraje El Algarrobico, en Carboneras después de que el Tribunal Superior de Justicia de Andalucía
(TSJA) haya anulado definitivamente el Plan de Ordenación de Recursos
Naturales (PORN) del parque natural de Cabo de Gata-Níjar al
considerar que "no es ajustado a derecho", por lo que devuelve a la zona
el nivel de protección que recogía la normativa de 1994, que calificaba
el lugar de "espacio protegido no urbanizable".
Según ha expresado la responsable de la campaña de Costas de
Greenpeace, Pilar Marcos, esta sentencia, sobre la que no cabe recurso,
supone una "nueva victoria" que, unida a la sentencia del Tribunal
Supremo que señala que el inmueble de una veintena de plantas y 411
habitaciones viola la Ley de Costas e invade de manera parcial la zona
de servidumbre del dominio marítimo-terrestre; conlleva la declaración
"ilegal" del hotel.
De esta forma, el último pronunciamiento judicial es interpretado
desde la asociación ecologista como un argumento más a favor de los
conservacionistas, quienes indican que el texto respalda "lo que siempre
hemos denunciado, que la Junta de Andalucía pretendió legalizar el
hotel burdamente en 2008 el hotel". Con esto, valoran la sentencia, que
"marca el fin de las medidas cautelares adoptadas por el Tribunal
Supremo en octubre de 2011".
Marcos advierte que el nivel de protección que hasta ahora se le
brindaba a esta zona a través del PORN de 2008 "abría la puerta a la
legalización" del hotel por contemplar un "uso turístico", al estar
detallada como subzona C3, para núcleos habitados preexistentes y otras
zonas transformadas, frente al nivel de protección del PORN de 1994, que
calificaba de área natural de interés general el paraje como subzona
C1.
Así, llama la atención que la sentencia del TSJA apunta que al
recuperar su anterior nivel de protección, basta con aplicar el artículo
38.1 del Real Decreto Legislativo 1/92 para restablecer la legalidad
urbanística. "Es decir, que las edificaciones contrarias al
planeamiento, como es el caso del hotel de El Algarrobico, deben ser
demolidas sin indemnización", aclara Marcos.
El Alto Tribunal andaluz sostiene, asimismo, que la modificación
de la planimetría del PORN que la Junta de Andalucía hizo en 1997 y por
la que convertía el paraje en urbanizable "no tiene validez alguna"
porque, según subraya, "no puede cambiarse el nivel de protección de un
área con una mera condición de errores", que, además, "no reunía los
requisitos mínimos".
Cabe recordar que en 1997 la Junta modificó los mapas alegando que
la planimetría en la que el paraje de El Algarrobico aparecía como zona
C1 o de interés general y, por tanto, como no urbanizable era errónea e
la incluyó en las áreas D2 o urbanizable ordenado, lo que daba vía
libre a su uso turístico. Un año después, el Ayuntamiento de Carboneras
aprobaba el Plan Parcial que daría lugar a la posterior concesión de la
licencia de obras para construir el "controvertido" hotel.
El alcalde de Carboneras erre que erre
El alcalde de Carboneras, el
independiente Salvador Hernández (Gicar), ha dicho este miércoles que el
Ayuntamiento "acata" la sentencia del Tribunal Superior de Justicia de
Andalucía (TSJA) que restablece como "espacio protegido no urbanizable"
El Algarrobico si bien ha trasladado que continuarán "trabajando por la
apertura" del hotel del Azata del Sol.
"Hemos promovido y seguiremos promoviendo acciones para luchar por
los intereses generales del municipio y para conseguir la apertura del
hotel", ha indicado en declaraciones a Europa Press Hernández, quien ha
avanzado que en dos semanas prevé convocar a agentes económicos y
sociales de la provincia a una "mesa pro-Algarrobico".
Tras precisar que los servicios jurídicos aún deben estudiar el
contenido del fallo, que no ha sido notificado al Consistorio, el
regidor ha señalado que el tribunal de la Sala de lo
Contencioso-administrativo del TSJA "saca los colores a la Junta de
Andalucía" aunque ha reconocido que la aplicación del tenor literal de
la resolución podría "obligar" al cambio de la normativa urbanística
vigente en el municipio desde 2009 y en el que el sector donde se
asienta el hotel esta calificado como urbanizable.
Hernández ha expresado su confianza en que, al margen del
resultado del pleno en el que la Mancomunidad de Municipios de la
Comarca del Almanzora debate una moción en defensa del establecimiento
de una veintena de plantas y 411 habitaciones, a la primera reunión de
la "mesa pro-algarrobico" acudan entidades como Asempal, la Cámara de
Comercio, o partidos como Equo, a los que se va a convocar y que se
suman a las instituciones que ya fueron invitados en un encuentro
celebrado en febrero.
La promotora argumenta con datos
La promotora del hotel construido en el
paraje de El Algarrobico, en Carboneras, ha trasladado este
miércoles su "máximo respeto" el fallo que restablece la zona como
espacio protegido no urbanizable aunque ha recordado que cuando adquirió
los terrenos del sector ST-1 en 1999 el proyecto "cumplía con toda la
normativa vigente" al ser el suelo urbanizable.
El director general de Azata,
José Rodríguez, ha indicado que, tras esta resolución judicial del
Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA), se "asiste de nuevo" a
la anulación de una ordenación urbanística que estaba "aprobada por la
administración", lo que, según ha advertido, crea una "gran inseguridad
jurídica a la hora de considerar nuevas inversiones".
Ha señalado, en esta línea y tras matizar que la promotora no es
parte en el proceso que se inició a raíz de una demanda de Greenpeace
contra la Junta de Andalucía y el Ayuntamiento de Carboneras, que el
fallo supone una "contradicción" entre el "interés general expresado por
la ciudadanía a favor de la apertura del hotel prácticamente terminado y
que generaría puestos de trabajo" con la aplicación de una norma "a
instancias de grupos ecologistas sin representación popular".
"Cuando Azata compró los terrenos en 1999 existía un Plan Parcial
para este sector aprobado por el Ayuntamiento y se nos concedió licencia
porque el proyecto cumplía con la ordenación vigente", ha remarcado
para, a continuación, reiterar que la "sociedad demanda medios de vida y
los ecologistas no lo van a permitir".
El Alto Tribunal andaluz, que ha anulado en concreto la inclusión
del sector donde se asienta el inmueble de una veintena de plantas y 411
habitaciones en las zonas C3 o áreas degradadas del parque natural,
sostiene, asimismo, que la modificación de la planimetría del PORN que
la Junta de Andalucía hizo en 1997 y por la que convertía el paraje en
urbanizable "no tiene validez alguna" porque, según subraya, "no puede
cambiarse el nivel de protección de un área con una mera condición de
errores", que, además, "no reunía los requisitos mínimos".
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