domingo, 23 de octubre de 2011

Un juzgado suspende cautelarmente el reglamento del turno de oficio, recurrido por endurecer las sanciones

ALMERÍA.- Un juez ha acordado suspender de manera cautelar el reglamento aprobado por la Junta de Gobierno del Colegio Oficial de Abogados de Almería en el que se estipulan las nuevas normas reguladoras y el protocolo de actuación de los letrados que forman parte del turno de oficio y prestan asistencia jurídica gratuita, cuya entrada en vigor está prevista para el próximo día 1. 

   El auto del Juzgado de lo Contencioso-adminitrativo nº 3 de Almería atiende así el recurso interpuesto por más de un centenar de abogados del turno de oficio y el grupo de abogados jóvenes del órgano colegial --que agrupa a 157 colegiados en ejercicio-- y fija para este lunes una comparecencia de las partes en sede judicial para decidir si levanta mantiene o modifica la medida.
   El recurso, que también impugna la resolución del Consejo Andaluz de Colegios de Abogados que desestimó la reclamación por vía de alzada, considera que el régimen disciplinario incluido en el reglamento "perjudica manifiesta e injustamente los derechos e intereses del abogado del turno de oficio" debido a la "extrema severidad" de las sanciones que superan a las que fija los propios estatutos de la institución, "soberana norma legal".
   El escrito que firma el letrado Enrique José Cerrudo cuestiona, asimismo, que la junta de gobierno tenga competencia para "legislar" un régimen disciplinario para el abogado de oficio ya que, según se recoge en los citados estatutos, este órgano de gobierno "sólo tiene facultades para exigir, esto es, hacer cumplir, las ejecución de las responsabilidades disciplinarias". Esta materia sería, sostiene, competencia de la Junta General, por lo que el reglamento recurrido "sería nulo de pleno derecho".
   En concreto, la nueva norma, aprobada el 1 de junio, estipula que la sanción para las faltas muy graves oscilará entre el año y los dos años de baja del servicio de asistencia jurídica gratuita mientras que los estatutos esta penada con de tres meses a dos años, lo que, ahonda el recurso, "supone un claro perjuicio al abogado". La situación se repite en el caso de las faltas graves que prevén un año frente a los tres meses que marcan los estatutos.
   Las nuevas normas reguladoras y protocolo de actuación fueron aprobadas por la junta de gobierno el 1 de junio y recurridas ante el Consejo Andaluz de Colegios de Abogados, que desestimó la impugnación. Durante este periodo, el Colegio Oficial de Abogados de Almería resolvió suspender la aplicación del reglamento y fijó como fecha de entrada en vigor el próximo día 1 de noviembre.

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