miércoles, 2 de marzo de 2011

Cajamar Caja Rural elimina su 'cláusula suelo' en las nuevas hipotecas

ALMERÍA.- Cajamar Caja Rural ha decidido eliminar de sus nuevas hipotecas la conocida 'cláusula suelo', una medida que acompaña también a la supresión en su catálogo de la 'cláusula techo' por la que se delimitaba el tipo de interés al alza y que llega después de que el Juzgado de lo Mercantil número 2 de Sevilla ordenara a esta entidad, a BBVA y a Caixa Galicia eliminar las 'cláusulas suelo' de sus contratos hipotecarios a interés variable al dictar la ejecución de la sentencia que las declaró "abusivas", si bien las tres han recurrido dicha decisión. 

   Así lo han confirmado fuentes de la entidad, que han precisado que la medida se ha puesto en marcha este martes de forma que las oficinas están ofertando una nueva hipoteca para adquisición de vivienda, sin suelo ni techo, a un tipo de interés de partida del 4,25 por ciento, y con una bonificación por vinculación del 0,75 por ciento.
   No obstante, la medida no afecta a los contratos firmados con anterioridad en los que se encuentran las cláusulas declaradas nulas por la sentencia. El auto recurrido pide a las tres entidades la "expresa eliminación de dichas condiciones generales a la contratación y de abstenerse de utilizarlas en lo sucesivo, en sus contratos de préstamo hipotecario con consumidores y usuarios".
   El juez Miguel Ángel Navarro pidió al banco y a las dos cajas que eviten incluir estas cláusulas hasta que la sentencia sea firme. Las tres entidades presentaron recurso de apelación ante la Audiencia Provincial de Sevilla. La sentencia, dictada el pasado 30 de septiembre, declaró la nulidad de las 'cláusulas suelo' al considerar que eran abusivas debido al "evidente desfase" que existe entre los suelos y techos de los tipos de interés en los préstamos hipotecarios, que proporciona un beneficio al banco "que carece de reciprocidad en perjuicio del consumidor".
   Así, la sentencia concluyó que mientras el suelo de interés fijado señalado en las cláusulas "es asumible" por el usuario, pero hacerlo en el caso del techo es "sencillamente imposible", por su desproporcionalidad. "El tope máximo es tan alto que estadísticamente nunca se va a dar", concluye el juez. El dictamen se apoya en la Orden Ministerial de 5 de mayo de 1994 sobre transparencia bancaria.
   La demandante fue la asociación de consumidores Ausbanc. La cláusula de suelo fija un tope mínimo del porcentaje de intereses a pagar, lo que ha evitado que muchos usuarios se hayan beneficiado de la bajada del Euríbor, principal índice de referencia de en las hipotecas a tipo variable.

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